El Abogado General de la Unión Europea contradice al Supremo y considera que el IRPH puede ser abusivo
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La banca ha sufrido un nuevo varapalo, y los clientes, si se sigue lo marcado, ven como la justicia se posiciona de su lado. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Maciej Szpunar ha declarado este martes que el Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) no es un índice transparente por el mero hecho de ser oficial y, por tanto, los jueces pueden estudiar si es abusivo o no. Este índice, según los datos, se empleó en casi un millón de hipotecas en España.
El letrado polaco contradice así la doctrina del Tribunal Supremo, que lo avaló en 2017 y declaró que la referenciación de una hipoteca a un tipo oficial como el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.
Eso sí, no estamos ante un paso definitivo. Se trata de unas conclusiones que no son vinculantes de cara a la futura sentencia, pero en la mayoría de los casos el fallo de los jueces suele seguir la dirección marcada por los abogados generales. La sentencia definitiva se espera para el primer trimestre del próximo año.
En concreto, Szpunar ha afirmado que una cláusula contractual que fija un tipo de interés tomando como referencia uno de los seis índices oficiales legales que pueden ser aplicados por los bancos a las hipotecas con tipo variable “no está excluida del ámbito de aplicación de la directiva”.
Así, subraya que una cláusula solo puede escapar de la tutela judicial si refleja una disposición legal “imperativa o supletoria”. En el caso del IRPH, Szpunar apunta que es “evidente” que se trata de una cláusula dentro del ámbito de la aplicación de la directiva porque la entidad bancaria puede recurrir a otros índices de referencia -como el Euríbor- y no obliga a utilizar el oficial.
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